¿Te gustaría saber más? En este despacho de lo explicamos:
- Arraigo social: Ideal para aquellos que tienen vínculos familiares en España o
pueden demostrar su integración en la sociedad a través de un informe de la
comunidad autónoma. Este informe es esencial para validar que han mantenido
una convivencia estable y relaciones sociales sólidas. - Arraigo sociolaboral: Dirigido a quienes cuentan con un contrato de trabajo que
cumple los requisitos para obtener una autorización de residencia y trabajo. Es la
opción perfecta para aquellos que tienen empleo y pueden garantizar su
sostenibilidad económica. - Arraigo familiar: Permite a los padres de menores de nacionalidad española o
comunitaria, así como a hijos de padres españoles, obtener una autorización de
residencia temporal. Esta modalidad promueve la unidad familiar y asegura que
los menores puedan estar con sus progenitores. - Arraigo de segunda oportunidad: Si anteriormente tuviste una autorización de
residencia pero no pudiste renovarla, esta opción te brinda una nueva oportunidad
para regularizar tu situación y reincorporarte al sistema legal y laboral español. - Arraigo socioformativo: Antes conocido como arraigo por formación, esta
modalidad permite a los estudiantes o personas matriculadas en programas
formativos específicos obtener residencia temporal. Así, podrán continuar su
formación y acceder a mejores oportunidades laborales al finalizar sus estudios.
Con estas nuevas modalidades, el objetivo es ampliar las oportunidades de
regularización para migrantes en España. ¡Infórmate y aprovecha esta
oportunidad!
¿Cuándo entrarán en vigor las novedades de Extranjería?
El Real Decreto especifica que las novedades entrarán en vigor a los 6 meses de
su publicación en el BOE. Por tanto, las medidas se harán efectivas a partir del 20
de mayo de 2025.
¿Sigues teniendo dudas sobre las novedades en extranjería? Ponte en contacto con
nuestro despacho