¡Atención, contribuyentes! La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2025 está a
la vuelta de la esquina. Comenzará el próximo 2 de abril y se extenderá hasta el
30 de junio. Durante este periodo, los contribuyentes tendrán la oportunidad de
consultar y, si están obligados, presentar su borrador de la renta. Es importante
destacar que, aunque puedas estar de acuerdo con el borrador, siempre es
recomendable revisarlo detenidamente antes de enviarlo.
Cada año, la política fiscal sufre cambios, y este no es la excepción. Una de las
novedades más relevantes es que, a partir de este año, el salario mínimo también
estará sujeto a tributación. Esto ha llevado a muchos, especialmente a los
pensionistas, a preguntarse: ¿quiénes están obligados a presentar el borrador de la
Renta en 2025?
Para aclarar esta duda, es fundamental revisar el artículo 17 de la Ley 35/2006 del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que puedes consultar en
el Boletín Oficial del Estado. Según esta normativa, las pensiones de jubilación,
incapacidad permanente, viudedad, orfandad o en favor de familiares se
consideran rendimientos íntegros del trabajo a efectos de la Agencia Tributaria.
Esto significa que todas aquellas pensiones que superen el límite de ingresos
establecido en el artículo 96 de la misma ley estarán obligadas a presentar la
declaración.
Así que, si eres pensionista o tienes dudas sobre tu situación fiscal, es crucial que
revises tus ingresos y te informes adecuadamente. La fecha límite se acerca, y
estar preparado te permitirá cumplir con tus obligaciones fiscales de manera
efectiva. ¡No dejes que el tiempo se te eche encima y asegúrate de tener todo en
orden para la Campaña de la Renta 2025!